Los Derechos Humanos

Introducción
Los derechos humanos son garantías esenciales para que podamos vivir como seres humanos. Sin ellos no podemos cultivar ni ejercer plenamente nuestras cualidades, nuestra inteligencia, talento y espiritualidad.

·         Definición de Derechos Humanos
Los Derechos Humanos son el conjunto de prerrogativas sustentadas en la dignidad humana, cuya realización efectiva resulta indispensable para el desarrollo integral de la persona. Este conjunto de prerrogativas se encuentra establecido dentro del orden jurídico nacional, en nuestra Constitución Política, tratados internacionales y las leyes.

·         Principios
Los derechos humanos son derechos inherentes a todos los seres humanos, sin distinción alguna de nacionalidad, lugar de residencia, sexo, origen nacional o étnico, color, religión, lengua, o cualquier otra condición. Todos tenemos los mismos derechos humanos, sin discriminación alguna. Los derechos humanos son inalienables. No deben suprimirse, salvo en determinadas situaciones y según las debidas garantías procesales.

·         Clasificación
Los Derechos Humanos han sido clasificados atendiendo a diversos criterios, así podemos encontrar clasificaciones que atienden a su naturaleza, al origen, contenido y por la materia a la que se refieren. Actualmente es mayormente aceptado clasificar los derechos humanos únicamente en civiles, económicos, sociales, culturales y ambientales.


Derechos Civiles y Políticos: a partir de los derechos civiles y políticos se le impone al Estado que debe abstenerse de inferir en el goce y ejercicio de estos derechos por parte de los individuos.

Ejemplos:
Derecho al libre pensamiento
Derecho a practicar cualquier religión




Derechos económicos, sociales y culturales: estos derechos tienen el objetivo de garantizar el acceso a la educación, el trabajo y a la cultura y garantizar el bienestar económico, todo esto a fin de asegurar el desarrollo de las personas y pueblos. 

Ejemplos:
Derecho a la Educación Básica
Derecho a la seguridad Social

Derechos de los pueblos: estos derechos tienen que ver con cuestiones supranacionales, como lo son el derecho a tener un medio ambiente sano o la conservación de la paz. 

Ejemplos:
Derecho a la independencia económica
Derecho al medio ambiente


·         Características esenciales de los derechos humanos.

Universalidad: Todas las personas, son titulados de derechos humanos, con        independencia de su raza, color, sexo, religión, ideología o condición social.

Supra y Transnacionalidad: Los derechos humanos son inherentes a la dignidad de la persona, de ser humanos, ellos no dependen de la nacionalidad o el territorio en que la persona se encuentra.

La irreversibilidad de los Derechos Humanos: La irreversibilidad es una característica de los derechos humanos, que consiste en la imposibilidad de desconocer la condición de un derecho como inherente a la persona humana, una vez que el estado lo ha reconocido a través de un tratado internacional, ya que ellos son inherentes a la persona y el texto constitucional y el procedimiento señalado los asegura y garantiza.

La progresividad de los Derechos Humanos: Desde que surgió en 1948 la Declaración Universal de los Derechos Humanos, los preceptos a los que se refiere cada derecho, han ido evolucionando, a través de los diversos tratados, ampliando el ámbito del derecho y sus garantías.

La posición preferencial de los derechos: El estado constitucional y democrático implica que todo el estado y sus diferentes organismos e instituciones, se constituyen, en funciona de la dignidad de la persona; todo lo dicho es mas que suficiente para sostener que el poder publico esta al servicio de la persona y sus derechos.

La eficacia Erga Omnes (respecto de todos o frente a todos) de los derechos: La protección del contenido esencial de los derechos constituye una garantía institucional en relación con los fines establecidos objetivamente por la carta fundamental. De esta forma el sistema de derechos asegurados posee una fuerza vinculante, siendo plenamente aplicables no solo a las relaciones particulares-Estado, sino también entre particulares.

La fuerza expansiva de los derechos y el principio Favor Libertatis:   El principio general del sistema favor libertatis, es lo que da fuerza a los derechos, pues en caso de duda debe optarse claramente por la interpretación que mejor proteja, asegurando y garantizando los derechos humanos en su conjunto. En tal sentido las leyes valen en la medida que se respeten y garanticen los derechos humanos.

Conclusión

Los derechos humanos incluyen tanto derechos como obligaciones. Los Estados asumen las obligaciones y los deberes, en virtud del derecho internacional, de respetar, proteger y realizar los derechos humanos. La obligación de respetarlos significa que los Estados deben abstenerse de interferir en el disfrute de los derechos humanos, o de limitarlos. La obligación de protegerlos exige que los Estados impidan los abusos de los derechos humanos contra individuos y grupos. La obligación de realizarlos significa que los Estados deben adoptar medidas positivas para facilitar el disfrute de los derechos humanos básicos. En el plano individual, así como debemos hacer respetar nuestros derechos humanos, también debemos respetar los derechos humanos de los demás.

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